ESOLVE trabaja a fondo para dar respuesta al nuevo RDPH

– El objetivo es dar respuesta a todas las novedades y retos que el RDPH plantea a la Administración, al operador y a la consultoría.

– ESOLVE ha asistido a dos Jornadas primordiales para abordar esta temática: una organizada por el MITERD y la otra por el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza. 

Los días 6 y 7 de noviembre, ESOLVE participó en la Jornada Formativa organizada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) bajo el título El nuevo Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH) y la protección de las aguas subterráneas frente a la contaminación puntual.

Por un lado, la técnica medioambiental de ESOLVE, Joana Baeta, impartió una formación sobre Protocolo de muestreo de aguas subterráneas. La evaluación de los distintos cuerpos de agua es un proceso técnico que resulta muy complejo y dinámico. Con el objetivo de normalizar esta evaluación, desde ESOLVE se simplifica el procedimiento para una mejor comprensión y aplicación. Además, nuestro Project Manager, Adrià Felisart, dio una charla donde se expusieron ejemplos de estudios de caracterización y descontaminación, así como sus vías de tramitación ante la Administración. Estos ejemplos sirven como referencia para hacerse una idea de la situación actual y cómo afrontarla con las máximas garantías.

Por otra parte, el día 29 de noviembre ESOLVE asistió a la Jornada sobre el nuevo régimen jurídico de contaminación de las aguas subterráneas: El RD 665/2023, que organizó la sección de Derecho Ambiental del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza.

La incorporación de la descontaminación de las aguas subterráneas en el nuevo RDPH se ha realizado a partir de un tratamiento de la contaminación del agua subterránea equiparable a un vertido de agua residual. Desde ESOLVE, creemos necesario reinterpretar este precepto para ajustarse a la realidad de las causas y soluciones de la descontaminación del subsuelo.

El RDPH regula en el artículo 272 quater la vía de descontaminación voluntaria con el siguiente articulado: “Sin perjuicio del procedimiento sancionador que, en su caso, se inicie de acuerdo con lo que prevé el TRLA, el responsable de la contaminación podrá solo ·licitar la descontaminación voluntaria de las aguas y del emplazamiento, en su caso, si antes del requerimiento previsto en el artículo 272, hubiera realizado los estudios de caracterización de la contaminación del anexo X, parte A, o sus equivalentes y el Análisis cuantitativo de riesgos”.

El nuevo RDPH es un nuevo marco normativo regulador en la descontaminación de las aguas subterráneas asociado a novedades y cambios. Su entrada en vigor del nuevo RDPH genera ciertas incertidumbres en relación con los criterios que aplicará la Administración para tramitar un expediente de descontaminación por vía voluntaria.

En ESOLVE, como expertos en descontaminación del subsuelo, apostamos por poner toda nuestra experiencia para contribuir a la interpretación e integración de todos estos cambios. Ante cualquier duda o comentario, no dude en contactar con nosotros.