23 Ago La contaminación de las aguas subterráneas, un problema para España
La contaminación de las aguas subterráneas, un problema para España
- Cada año, 800.000 toneladas de nitrógeno acaban en el medio natural y existe un expediente sancionador europeo desde 2018
- Según un informe de la Dirección General del Agua, cerca de la mitad de los acuíferos afectados no podrán recuperarse dentro del límite marcado por la legislación europea
La Directiva Europea 2000/60/CE establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y supone un reto, tanto para España como para al resto de países de la UE, por el objetivo de conseguir el buen estado de las masas de agua en el plazo marcado. Centrándonos en las aguas subterráneas en España la sobreexplotación de los acuíferos y la contaminación difusa por nitratos son los principales escollos a superar. De hecho, la mayoría de los borradores de los planes hidrológicos de cuenca para el periodo 2022-2027 publicados —y que actualmente se encuentran en fase de exposición pública—, focalizan sus actuaciones y esfuerzos en las aguas subterráneas en la problemática de la contaminación por nitratos.
Y es que, según el informe de seguimiento de la contaminación por nitratos de diciembre de 2020 redactado por la Dirección General del Agua, de los 1.235 puntos detectados con exceso de nitratos por el uso de fertilizantes o el vertido de deyecciones ganaderas—que son un 28% de la red de control—, se calcula que, solamente, 693 alcanzarán un buen estado antes del 2027, fecha límite otorgada por la normativa europea específica para la contaminación por nitratos, y transpuesta en España a través del RD 261/1996. Otros 45 puntos podrían alcanzar el buen estado antes del año 2039, pero otros 480 puntos no tienen una fecha de pronóstico para solventar el exceso de nitratos.
Esta situación le ha supuesto a España un expediente sancionador, pero el reto principal es conseguir revertirla. La contaminación procede de las explotaciones agrarias y ganaderas y afecta de manera generalizada a numerosas masas de agua subterránea en grandes superficies de afectación, lo que dificulta su descontaminación ya que no existen focos puntuales sobre los que actuar directamente. Desde 2012, España vierte una media de 800.000 toneladas al año de nitrógeno al medio y, pese a los planes de actuación para reducirlas, la perspectiva no es buena ya que en su momento se consideró que la rebaja de excedentes debía ser de un 25% y se ha demostrado que se queda corta.
Las soluciones globales pasan, exclusivamente, por el establecimiento de redes de control para poder monitorizar en detalle la evolución de la contaminación y, sobre todo, la implantación de prácticas agrarias y ganaderas que limiten el uso excesivo de fertilizantes y la disposición inadecuada de las deyecciones ganaderas. En emplazamientos focalizados se puede plantear la utilización de métodos de biorremediación para reducir las concentraciones de nitratos, con el objeto de limitar la afección de una posible contaminación en pozos de abastecimiento de agua potable o bien, plantear técnicas y tratamientos específicos para rebajar la concentración de nitratos en aguas ya captadas y que vayan a ser inyectadas en redes de abastecimiento.
Es en este tipo de actuaciones focalizadas para mejorar la calidad del agua subterránea donde, desde ESOLVE, podemos aportar nuestra experiencia. El conocimiento que tenemos en las técnicas de biorremediación y en los procesos de tratamiento de agua nos permiten afrontar este tipo de retos con la mayor seguridad posible.
En definitiva, se trata de un problema de gran alcance y difícil solución que ha puesto a España en el punto de mira de la Comisión Europea. Los usuarios, administraciones y empresas especializadas tenemos que poner todo de nuestra parte para superar esta compleja situación.


La nueva norma tiene el objetivo de alargar la vida de los residuos lo máximo posible, reduciendo su depósito en vertederos. Cabe destacar que según datos de la Memoria Anual de Generación y Gestión de Residuos de Competencia Municipal de 2018 publicada por el Ministerio de Transición Ecológica, España generó en ese año (las últimas cifras disponibles) más de 20 millones de toneladas de residuos urbanos, de los que el 53,4% acabaron en un vertedero, mientras que tan solo el 18% se destinaron a reciclaje y el 17% a compostaje. El 11,6% restante fueron incineradas. Estos datos colocan a nuestro país a la cola de Europa en materia de gestión de residuos.
La nueva ley de residuos y suelos contaminados también incluye un plan para eliminar el amianto de los edificios, que obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto, incluyendo un calendario que planifique su retirada antes del 1 de enero de 2023. Esta medida se ajusta a las directrices de la Unión Europea, que establece como objetivo para 2032 la localización y el desmantelamiento de todas las instalaciones e infraestructuras que contengan amianto.
En el capítulo de suelos contaminados, la ley mantiene la normativa en cuanto a las actividades potencialmente contaminantes, al procedimiento de declaración, a los inventarios de suelos contaminados y a la determinación de los sujetos responsables de la descontaminación y recuperación de los suelos. Como novedad se ha incluido el Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados, que será alimentado por los registros autonómicos.
La Ley 26/2007 establece la responsabilidad de las empresas (en la terminología de la ley, Operadores), en relación a los daños ambientales producidos o que puedan producirse, imponiéndoles determinadas obligaciones preventivas, y, en su caso, reparadoras. La indicada ley, que tiene como antecedentes el Libro Blanco sobre Responsabilidad Ambiental, así como la Directiva 2004/35/CE, prevé un despliegue paulatino, de forma que determinadas obligaciones serán imperativas a partir del mes de octubre de 2021.
La normativa se aplica tanto a los daños medioambientales como a las amenazas inminentes de que ocurran cuando hayan sido causados por cualquier empresa en el Anexo III de la ley, independientemente de que tenga o no culpa o exista negligencia por su parte. También se aplican las obligaciones de la ley a otras actividades no previstas en el Anexo III cuando sí exista culpa o negligencia o cuando puedan exigirse medidas de prevención y evitación.
El contenido de la Responsabilidad de los Operadores está definida en el artículo 9 y esencialmente los obliga a establecer medidas de prevención, evitación y reparación y a cooperar con las autoridades competentes, además de ampliar la responsabilidad a otras empresas del grupo, en caso de grupos de sociedades (art. 10).
La falta de cumplimiento de tales obligaciones puede comportar la entrada en juego del régimen sancionador de la ley, que prevé multas para las sanciones muy graves de 50.001 a 2.000.000 euros y para las sanciones graves de 10.001 a 50.000 euros.
La Estrategia de Biodiversidad de la UE para 2030 anunció la adopción de una nueva estrategia de suelos en 2021 a causa de la degradación a la que están sometidos «debido a la gestión insostenible, la sobreexplotación, el cambio climático y la contaminación”, declara la Comisión Europea en una nota. El objetivo es abordar de manera integral los problemas relacionados con el suelo y la tierra y restaurar a un “estado saludable” la misma cantidad de suelo que ha sido degradado por actividad humana. Para el desarrollo de esta nueva estrategia, la CE ha puesto en marcha una


El calendario fijado por el Ministerio para la Transición Ecológica para la presentación de la Garantía Financiera Obligatoria termina dentro de un año, el 16 de octubre de 2021. Esta garantía es obligatoria para todas las actividades potencialmente contaminantes, según dicta la Ley 26/2007, y sirve para asegurar que la empresa podrá hacer frente a las medidas necesarias para reparar un posible daño medioambiental causado por su actividad. Entre estas medidas se contemplan aquellas necesarias para prevenirlos o, cuando el daño se haya producido, para limitarlo y evitar que se produzcan nuevos daños, así como devolver los recursos naturales dañados a al estado en el que se encontraban antes de que ocurriera el daño.
Las energías renovables han ido tomando fuerza en los últimos años impulsadas por la concienciación de toda la sociedad de la necesidad de proteger el entorno y las políticas públicas desarrolladas. Está claro que los combustibles fósiles tienen poco desarrollo ya y que las energías verdes son el futuro. Cada vez estamos más acostumbrados a ver parques fotovoltaicos o eólicos en el paisaje, pero desconocemos dónde pueden construirse. ¿Cualquier lugar sirve para instalar un parque de energía renovable? No, existen una serie de condicionantes legales y técnicos que definen qué terrenos son válidos para este tipo de instalaciones.
Para cumplir con los requisitos ambientales es fundamental realizar un correcto Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que identifique y valore los posibles impactos al medioambiente del proyecto.
En el estudio geotécnico hay varios puntos clave a tener en cuenta antes de instalar un parque eólico o fotovoltaico. Uno de ellos es el de las cimentaciones, que en el caso de los parques eólicos resulta especialmente importante debido a las altas cargas aplicadas. Es importante conocer bien las características del suelo donde debe ir la instalación para determinar qué tipo de cimentación es la más adecuada. También conviene tener en cuenta aspectos como los riesgos geológicos de la zona, como deslizamientos, seísmos, inundaciones, etc. Otros aspectos como la corrosividad pueden afectar a los materiales utilizados en la construcción y perjudicar su durabilidad.